PARTIDO SOCIAL-REVOLUCIONARIO
DEMOCRÁTICO DE CUBA

AGENDA #26


Democracia obrera o democracia orgánica

Las estructuras políticas de los dos últimos siglos han mostrado su ineficacia. La llamada democracia representativa, el capitalismo liberal, el capitalismo de estado y el paternalismo estatal han caducado, son entelequias institucionales que se sostienen por inercia.

El sindicato por su capacidad de generar energías en forma efectiva desde su nacimiento en la primera revolución industrial, es la entidad social que por su capacidad evolutiva puede generar una nueva institucionalidad democrática, que pudieramos llamar democracia obrera, democracia orgánica, o de cualquier otro modo. El calificativo no es lo importante, lo importante es la afirmación de la voluntad de trabajar para que el poder político sea ejercido progresivamente por los organismos en la base social, y los beneficios económicos que la sociedad engendra sean apropiadamente asignados a los objetivos de su crecimiento económico.

Es posible que sea necesario, al objeto de la adecuada interpretación del tema de estas notas, explicar el sentido que damos a los términos: democracia y crecimiento económico.

Democracia no es un torneo periódico en que unas organizaciones llamadas partidos postulan candidatos a posiciones en los distintos niveles de gobierno, y donde una personas llamadas electores votan por sus amigos, los amigos de sus amigos, o por aquellos que mas publicidad reciben o les resultan más simpáticos. Democracia es un ordenamiento jurídico legitimado por la voluntad conscientemente expresada. El grado de legitimidad jurídica será directamente proporcional al grado de participación no manipulada de los integrantes de la sociedad.

Crecimiento económico es la cuantia en que el aumento del producto o renta real en una economía de desempleo decreciente, sea empleado en la inversión productiva, servicios sociales, educación, promoción cultural y salud pública.

Establecida la interpretación que los social-revolucionarios damos a los términos democracia y crecimiento económico, vamos hablar del sindicato que ha de ser columna vertebral de la democracia obrera o democracia orgánica que proyectamos.

Hemos expresado que la acción social que realizamos está dirigida a la destatización de la sociedad y la socialización del estado. Expresado de otra forma podemos decir, revertir el actual proceso haciendo que el poder político sea ejercido por los organismos en la base social: municipios, sindicatos, asociaciones de campesinos, universidades y aquellos otros con la adecuada representatividad que se crearen en el proceso político de reencauzamiento de la Revolución Cubana que ya tímidamente se insinúa.

El tema central de esta nota ha de ser comentar sobre el sindicato, su perpetua evolución y su proyección para la nueva sociedad. El sindicato es un fenómeno espontaneo en el desarrollo social y que ha trascendido a un grado tal que, en determinadas sociedades -como la cubana-, se convierte en necesidad para su evolución e institucionalización al efecto de lograr una democracias real cuando el actual régimen o el próximo evolucione a un estado social de derecho.

Los social-revolucionarios comprendemos que el nuevo siglo ha de ser el tenso enlace de conjunción dialéctica entre crecimiento económico y realización del hombre en sociedad. Consideramos además que el sindicato institución representativa del mundo del trabajo, directamente vinculada a la producción y los servicios, constituye la base social mas amplia que ha de conducir a una nueva civilización del trabajo.

La estabilidad social y el crecimiento económico, se conjuga con las garantías del ejercicio de los derechos sociales, entre los cuales se incluye, por supuesto, la satisfacción de las necesidades vitales y espirituales del trabajador y su familia.

Es obvio señalar que la multiplicidad de organizaciones sindicales da lugar a rivalidades que son ajenas a los fines mismos de la organización, y conlleva una inestabilidad social que afecta la elaboración y puesta en práctica de proyectos a largo plazo para un crecimiento económico sostenido. El sindicato ha de institucionalizarse como órgano de derecho público y por esa condición no puede haber dualidad en una comunidad del trabajo, como no puede haber mas de un gobierno municipal en un determinado territorio, o mas de un Consejo Universitario en una universidad.

El sindicato ha evolucionado dramáticamente. En Cuba, especialmente, ha tenido transformaciones muy peculiares, que se han fijado como una proposición histórica, y que conforman un ideario programático al cual calificamos de social-revolucionario.

El nombre de "sindicato", en otras sociedades, se emplea para referirse a distintas entidades jurídicas. En Cuba, la legislación figuraba bajo tal denominación a las organizaciones representativas de los trabajadores.

Pudiera decirse, en síntesis muy apretada, que el movimiento obreros se inició por acciones espontánea de protesta -la huelga de los canteros en 1574- sin pretender constituir asociaciones permanentes, era una reacción a las condiciones sociales intolerables. Después, logró un avance cualitativamente importante cuando se crearon las organizaciones de ayuda mutua, fundamentada en la solidaridad - "Sociedad de Socorros Mutuos de Honrados Artesanos" fundada en 1857 en el barrios habanero de Jesús Maria.-

La evolución se acelera al llegarse a la conclusión de que la comunidad del trabajo tiene intereses propios; y que el empresario y el trabajador tienen posiciones dialécticas antagónicas en cuanto el salario y la participación en la producción y el servicio.

En 1934, en Cuba durante el gobierno revolucionario, y los años subsiguientes se institucionaliza la orientación social-revolucionaria del sindicato. El Tribunal Supremo de Justicia resuelve que es órgano de derecho publico y mediante decretos leyes y sentencias judiciales se estable la condición de asesor en materia socio económica del Ministerio del Trabajo, su condición de institución no partidista, y que sus atribuciones trascienden a la defensa de los intereses de sus representados en las relaciones obrero-patronales ya que sus actividades han de orientarse al mejoramiento y progreso en el orden material y moral de sus integrantes. Al consagrarse que el sindicato representa legalmente a los trabajadores de su centro de trabajo ante la sociedad, y al prohibirse el paralelismo sindical; quedó instituido que el sindicato no es una organización de trabajadores sino la representación de la comunidad del trabajo.

En Cuba hoy en consecuencia de la involución en el actual régimen de las organizaciones de los trabajadores, han perdido prestigio ante la opinión pública nacional; pero confiamos que, superadas las presentes condiciones, lograrán un desarrollo superior a partir de las modificaciones estructurales que la sociedad demanda y las experiencias adquiridas en estas décadas de convulsión histórica.

Al triunfo insurreccional del 1 de enero de 1959, institucionalmente estaba apto el movimiento de los trabajadores organizados para asumir el rol que le corresponde en una democracia obrera. Hoy mediante la represión y la coacción primero, y después por norma constitucional, convirtió a la Central de Trabajadores de Cuba en un aparato burocrático coactivo subordinada al Partido Comunista de Cuba, invalidando su representatividad y su tradición histórica de más de un siglo. No obstante ello, en las asambleas de trabajadores, se respira mayor creatividad y un menor grado de subordinación que en cualquier otra actividad asamblearia del actual régimen; esto mismo ofrece indicios adecuados, -conjuntamente con la proyección histórica del movimiento obrero y la necesidad de crear una fuerte estructura social- para la creación de la democracia obrera por la que trabajamos.

La sindicalización ha de ser un derecho ejercitable por el trabajador, sin que el ejercicio o no del mismo conlleve ser afectado en sus beneficios laborales o sufrir medidas coactivas de otra índole.

El sindicato órgano de derecho público representativo de la comunidad del trabajo, autónomo, no partidista y democrático, atendiendo a sus características laborales se constituirá en cada centro de trabajo como norma general y en casos excepcionales por área territorial o de empresas.

El sindicato ha de participar por si mismo o mediante sur órganos representativos en todas las instituciones de dirección a nivel municipal, regional, provincial o nacional que adopten decisiones en materia económica, salud publica, seguridad social, educación o promoción cultural. Al efecto del ejercicio de sus funciones y eficacia , los sindicatos o sus representantes estableciendo facultades regladas constituirán direciones a nivel local o regional, federaciones de industria o servicios a nivel sectorial, y la Confederación de Trabajadores de Cuba a nivel nacional.

Reiteramos , aunque históricamente el movimiento obrero cubano no lo necesita, que proclamamos el derecho irrenuciable del movimiento obrero organizado de concertar convenios colectivos de trabajo en cada empresa sin importar la naturaleza de la misma, y de ejercer la representatividad de la comunidad de los trabajadores plenamente en todos los niveles de gobierno y de dirección, rechazamos la intromisión partidista en las actividades sindicales y llamamos a todos a la creación de la democracia obrera que hemos de establecer en Cuba superado el actual gobierno.


Algunas notas en respuesta a comentarios en relación al sindicato

En primer término hemos de evitar el error frecuente de utilizar indistintamente los términos "sindicato" y "gremio". El gremio fue una organización de carácter profesional, que adquirió carácter institucional para fines mercantiles, religiosos y fraternales, nunca clasistas desde el punto de vista económico social. La vinculación clasista, tal como la entendemos los social-revolucionarios y como se proyecta en la época moderna, estuvo fuera de su naturaleza jurídica y de su ámbito.

Nada nos dice el estudio etimológico y semántico el vocablo. El sindicato es un fenómeno asociativo consecuencia de la sociedad capitalista. Es el fenómeno de mayor espontaneidad que se ha producido en la historia social, producto de la concentración industrial que creó las condiciones psico-sociales para concebir la asociación -el sindicato- como instrumento permanente de defensa y ataque ante las imposiciones que se establecían por parte de la empresa cuando la primera revolución industrial. "Nace del trabajo, sobre todo, del trabajo en grandes fábricas, y nace para intervenir en su vida. Bien fijando condiciones de facto, bien actuando legalmente en la celebración de convenios, que constituirán normas colectiva de concreta vigencia, ha sido órgano decisivo en la aparición de la moderna rama de derecho", así fue precisado por el eminente profesor español Pérez Botija.

El sindicato no es un movimiento de reforma, ni un partido político, ni un intento revolucionario, ni un programa legislativo. Es el órgano de derecho público que, en representación de la comunidad del trabajo, ha de participar, en ejercicio de su representación, en todos los asuntos públicos que afectan a los trabajadores. Cualquiera que fuere su situación, su función primordial es atender los problemas de fijar las condiciones de trabajo y de concertar los convenios laborales que constituyen su razón de origen.

De acuerdo con lo expresado en el párrafo anterior podemos considerar el salto cualitativo que ha de dar el sindicato en las próximas décadas. De asociación de trabajadores en defensa de los intereses de sus asociados en relación dialéctica con los empresarios para la gestión económica a órgano de derecho publico representante de la comunidad del trabajo, no partidista y democrático participante en las decisiones de carácter socio-económico que afecten al trabajador y su familia.

¿ Un sindicato tiene que tener funciones de dirección en la sociedad? ¿ Cuales ? ¿por que? El sindicato es algo que permite coordinar una lucha, y articular la solidaridad de clase y que tal como están burocratizados, más bien la impiden que la coordinan.

Iniciando la respuesta por su afirmación final, estamos de acuerdo. El sindicato a nivel internacional han de dar un salto cualitativo. Es decir, de organización de lucha frente a los intereses empresariales que utilizan a gobiernos contra la clase trabajadora, deberán convertirse en órganos representativos de la comunidad del trabajo.

Para el logro de esa proyección, han de ser órganos de derecho público no partidistas, democráticos y autónomos. En consecuencia de esa institucionalidad -representantes de la comunidad del trabajo- han de participar en todos los organismos que sus decisiones afecten a la comunidad o a miembros de la comunidad. No hay fundamento para considerar que el sindicato no participe en las decisiones de política económica, promoción cultural, desarrollo de programas educacionales y de aquello que afecten la seguridad social o la salud de sus representados.

No se trata de eliminar el estado, se trata de socializar el estado, lo cual es concepto opuesto a estatizar la sociedad.

En cuanto a las experiencias creadoras del sindicalismo cubano, me refiero a una larga acción sindical de muchas décadas que logró avances significativos hacia el logro de su intervención en funciones de dirección de la sociedad. El convenio del trabajo no afectado porque la empresa haya cambiado de propiedad, estableciendo que los mismos no estaba regulado por el Código Civil, ya que el sindicato y el derecho laboral era materia de derecho publico. Intervención en la dirección de instituciones de seguridad social y de planificación económica etc. *****

Los sindicatos en España no puede representar a todo el colectivo de trabajadores cuando la afiliación no llega al 20% de los trabajadores.¿cómo los sindicatos pueden firmar convenios, acuerdo con empresario para las regulaciones de empleo, con el gobierno firmar medidas de fomento etc. etc; etc; cuando no tienen el apoyo de los trabajadores?

Hoy los afiliados al sindicato trabajan en su mayoría en bancos y en la administración, llevan chaqueta y corbata, y sus intereses son muy diferentes de los que defendían los sindicatos a finales del siglo XIX por tanto los sindicatos deben adaptarse a los nuevos tiempos.

Hemos expresado en diversas ocasiones que es necesario y oportuno que el sindicato haga el salto cualitativo oportuno no solo en defensa de sus intereses sociales, sino para que pueda ser el instrumento eficaz frente a la globalización. El sindicato debe de adaptarse a los nuevos tiempos.

Me informan que en España la afiliación sindical no llega al 20 % de la afiliación de los trabajadores. Esto muestra de ser cierto que los activistas sociales han hecho un pobre trabajo y las organizaciones sindicales estan aún haciéndolo peor, y que hay que hacer un vigoroso esfuerzo para modificar no solo la legislación del trabajo sino la legislación que regula las organizaciones sindicales.

No obstante lo expresado, en modo alguno la función de los sindicatos pueda ser cuestionada en cuanto los convenios colectivos de trabajo, su participación en cuanto la seguridad social y la dirección económica del país.

Es una verdad de perogruyo decir que el peor sindicato es mejor que ningún sindicato. Y que el trabajador como está en condiciones de indefensión en su relación con la patronal para acordar un convenio individual del trabajo.

Y por último cuestionar la representatividad del sindicato por la pobre participación de los trabajadores en el mismo es como alegar que los gobiernos de las municipalidades, gobiernos regionales o legislaturas no tienen legitimidad sus regulaciones, decretos o leyes por que la participación de los electores fue muy pobre y la votación de los funcionarios electos no fue adecuadamente representativa.

Nos comentan saco y corbata.... Una especie en extinción en Argentina. Estamos cambiando la ropa por cadenas y grilletes........ Mientras en Europa se discute la reducción de la jornada laboral, aquí hemos vuelto a discutir los limites de la jornada laboral. Que en los casos de la gente que aún conserva la fuente laboral, hace rato que supera largamente las nueve o diez horas de trabajo..... muchos supermercados y bancos exigen horas extras y el trabajo durante fines de semana y feriados, sin el pago de compensaciones correspondientes.

Es triste y dramático que la demanda por la jornada de ocho horas diarias de trabajo dos siglos después, se convierta en demanda de los trabajadores en América. Por supuesto que el salario de esas ocho horas sean el adecuado para satisfacer las necesidades del trabajador y su familia. No es necesario decir que esta situación agravará de continuar las políticas liberales establecidas en estas últimas décadas y el efecto de la llamada "Globalización" que se intenta imponer a toda la humanidad.

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